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UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR
CÓDIGO: 305-140-PRO03-FOR04
VERSIÓN: 1
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE
SERVICIOS
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Balneario Hurtado. Vía a Pitillal. PBX 57) (5) 5736203 ext. 1020 – 1064/ www.unicesar.edu.co
CONTRATO No. 108
FECHA: 11 de junio de 2020
CONTRATANTE: UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR
NIT: 892.300.285-6
CONTRATISTA: CARLOS MANUEL ARIZA RESTREPO
C.C. 1065632198
DIRECCIÓN: Mz 183 casa 1 Don Alberto
TELÉFONO: 3013078950
E-MAIL: carlosariza58@hotmail.com
OBJETO:
PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA EL
APOYO DE LOS PROCESOS ACADEMICOS –
ADMINISTRATIVOS EN LA OFICINA DE EGRESADOS DE
LA UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR
VALOR: DIECIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($18.000.000).
PLAZO: SEIS (06) MESES.
Entre los suscritos DARLING FRANCISCA GUEVARA GOMEZ, mayor de edad
identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 49.743.301 de Valledupar, quien actúa en
nombre y representación de la UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR, identificada
con el NIT No. 892.300.285-6, Código SNIES No. 1120, creada mediante la Ley 34 del
19 de Noviembre de 1976, en su calidad de Rectora, designada por el Consejo Superior
Universitario, a través del Acuerdo No. 036 del 16 de Diciembre de 2019, debidamente
posesionada mediante Acta de fecha 20 de Diciembre de 2019, facultado por el Consejo
Superior Universitario, para suscribir y celebrar contratos, y quien para todos los efectos
del presente acto se denominará la UNIVERSIDAD, por una parte, y por la otra,
CARLOS MANUEL ARIZA RESTREPO, mayor de edad, identificado con cédula de
ciudadanía No. 1065632198, actuando en nombre propio, quien para los efectos del
presente contrato se denominará el CONTRATISTA, hemos decidido celebrar el
presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES, teniendo
en cuenta las siguientes consideraciones: 1) Que la necesidad a satisfacer por parte de
la Universidad, es contar con el apoyo profesional, según el requerimiento hecho por en
el Estudio de Conveniencia y Oportunidad No. 266-04-06-2020. 2) Que la
UNIVERSIDAD desarrolló los respectivos estudios y documentos previos. 3) Que el
proceso de contratación se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones. 4)
Que se cuenta con el Certificado de la Coordinadora del Grupo de Gestión de Talento
Humano de la Universidad, donde certifica que no existe personal disponible para
realizar la ejecución del objeto del presente contrato. 5) Que la UNIVERSIDAD cursó
invitación al CONTRATISTA para presentar propuesta. 6) Que la Oficina Jurídica de la
Universidad realizó la correspondiente evaluación a la propuesta presentada por el
Contratista, concluyendo que la misma se ajusta a los requerimientos realizados por la
Universidad. Asimismo, determinó previo análisis de la hoja de vida, que el
CONTRATISTA cuenta con la debida idoneidad y experiencia directamente relacionada
con el objeto a contratar. 7) Que el Contratista allegó entre otros, los siguientes
documentos: Hoja de Vida, Certificación de Antecedentes Fiscales, Certificación de
Antecedentes Disciplinarios, Certificación de Antecedentes Judiciales, Título
Profesional y/o Acta de Grado, Declaración de Bienes y Rentas, Hoja de vida de la
función Pública, Afiliación al SGSS, Propuesta. Por lo anterior, las partes celebran el
presente CONTRATO, el cual se regirá por las siguientes cláusulas. CLÁUSULA
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UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR
CÓDIGO: 305-140-PRO03-FOR04
VERSIÓN: 1
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE
SERVICIOS
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Balneario Hurtado. Vía a Pitillal. PBX 57) (5) 5736203 ext. 1020 – 1064/ www.unicesar.edu.co
PRIMERA. - OBJETO: El objeto del contrato es la “PRESTACIÓN DE SERVICIOS
PROFESIONALES PARA EL APOYO DE LOS PROCESOS ACADEMICOS –
ADMINISTRATIVOS EN LA OFICINA DE EGRESADOS DE LA UNIVERSIDAD
POPULAR DEL CESARCLÁUSULA SEGUNDA: OBLIGACIONES ESPECÍFICAS. -El
CONTRATISTA se obliga para con la UNIVERSIDAD a desarrollar las siguientes
actividades: 1) Desarrollar los servicios en forma eficiente, oportuna y a cabalidad para
el logro de los objetivos propuestos por la Universidad Popular del Cesar.2) Atender y
brindar toda la información pertinente a los egresados acerca de los diferentes
proyectos desarrollados por la dependencia y demás información de las actividades
académicas, administrativas y culturales que se llevan a cabo en la Universidad 3)
Coadyuvar en formular, desarrollar y materializar el Proyecto Seguimiento Integral a
Egresados. 4) Apoyar en la actualización de la Base de Datos, y recepcionar la
información personal y profesional de los Egresados 5) Apoyar en la elaboración de un
Plan de Desarrollo que cristalice todas las exigencias de orden institucional que debe
cumplir la Oficina de Egresados. 6)Prestar colaboración a los diferentes Jefaturas de
Programas, para la organización de cursos de extensión y programas de educación
continuada para Egresados 7) Coadyuvar para organizar actividades culturales,
deportivas y sociales para integrar a los egresadosCLAUSULA TERCERA:
OBLIGACIONES GENERALES- El CONTRATISTA se obliga a ejecutar el objeto del
Contrato y a desarrollar las actividades específicas en las condiciones pactadas: 1)
Cumplir con lo pactado en el contrato con suma diligencia y cuidado, ofreciendo las
mejores condiciones de calidad ejecutándolo oportuna e idóneamente, con lealtad y
buena fe, evitando dilaciones. 2) Rendir los informes mensuales de ejecución del
contrato y los informes extraordinarios que se soliciten. 3) Cumplir con los requisitos
para el perfeccionamiento y la ejecución del contrato, tales como: su firma, el pago de
los impuestos que demande el contrato. 4) Cancelar oportunamente el pago de la
Seguridad Social Integral según lo establecido por la Ley 789 de 2002, y las demás
normas concordante. 5) Manejar con carácter confidencial la información que le sea
suministrada por la UNIVERSIDAD, así como a la que tenga acceso en el desarrollo del
presente contrato, la cual deberá ser usada sólo para los fines previstos en el mismo.
6) No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de ley, con el fin
de que haga u omita alguna conducta. 7) Radicar los documentos soportes para el
respectivo pago. 8) Acatar las instrucciones que le imparta el supervisor del contrato y
las demás que se desprendan del objeto contractual. CLÁUSULA CUARTA:
OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD.- En virtud del presente CONTRATO, la
UNIVERSIDAD se obliga a: 1) Ejercer el respectivo control en el cumplimiento del objeto
del Contrato, de acuerdo con los términos establecidos. 2) Suministrar al Contratista
todos aquellos documentos, información e insumos que requiera para el desarrollo de
la actividad contractual. 3) Pagar el valor del CONTRATO en la forma convenida.
CLÁUSULA QUINTA: PLAZO.- El plazo de ejecución del contrato será de SEIS (06)
MESES, contados a partir del de la aprobación de la Póliza de Garantía por parte de la
Oficina Jurídica de la Universidad. PARAGRAFO El término de ejecución del presente
CONTRATO, puede ser adicionado, modificado y/o prorrogado previa solicitud y
justificación con el concepto favorable del Supervisor designado. CLÁUSULA SEXTA:
VALOR Y FORMA DE PAGO.- Para todos los efectos legales el valor del presente
contrato es la suma de DIECIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($18.000.000),
pagaderos en seis (6) mensualidades de TRES MILLONES DE PESOS M/CTE
($3.000.000) previa presentación del informe de actividades desarrolladas por el
Contratista, planilla de pago de aportes al SGSS, y Certificación de cumplimiento a