Transferencia externa

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Teniendo en cuenta lo estipulado en los acuerdos del C.A. N° 019 del 16 de diciembre del 2005, 012 del 09 de Agosto del 2006 y 013 del 30 de Mayo del 2018, a continuación se describe los requisitos y procedimientos para realizar transferencia externa:

Descripción:

La transferencia externa es el el derecho que tiene un estudiante para acreditar y homologar en la Universidad Popular del Cesar, las asignaturas cursadas y aprobadas en un programa académico de otra Institución de educación superior reconocida por el Estado.

IMPORTANTE: En ningún caso podrá haber transferencias de un programa académico que no cuente con la aprobación por parte del Estado.

Para efectos de transferencia externa se aplican los siguientes criterios:

  • Disponibilidad de cupos
  • Antecedentes personales disciplinarios y académicos del estudiante.
  • Promedio general no menor de tres puntos cinco o escala de calificaciones o el equivalente al 70% en otra escala de calificaciones.

 Requisitos:

Para tener derecho a transferencia externa se deben cumplir además los siguientes requisitos:

 a)    Pago del derecho pecuniario de la solicitud de transferencia.

b)   Realizar la solicitud en línea dentro de los plazos fijados en el calendario académico.

c)    Adjuntar y enviar al correo Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. la solicitud los certificados de las calificaciones obtenidas en la Institución de procedencia, indicando la intensidad horaria, plan de estudio y contenidos programáticos. Todos los documentos deben estar refrendados por la autoridad académica competente.

HOMOLOGACIÓN RECONOCIMIENTO DE ASIGNATURAS:

El reconocimiento de toda asignatura estará sujeto a las siguientes condiciones

a)    Contenido Programático, el cual será estudiado, por el Consejo de Facultad, en cuanto a la pertinencia de su contenido y deberá tener por lo menos el 85% de equivalencia con la asignatura a homologar.

b)   Calificación aprobatoria no menor de Tres punto Cinco (3.0).

c)    Un número de Créditos igual o mayor al estipulado en la Universidad Popular del Cesar.

IMPORTANTE: Entiéndase como pertinencia de contenido la dimensión y alcance de los perfiles de formación de competencias.

Para la transferencia externa no se homologará más del 70% de los créditos académicos del programa. Los casos excepcionales serán resueltos por el Consejo Académico.

IMPROCEDENCIA - No procederá la transferencia externa:

a)    Cuando el solicitante no haya aprobado, por lo menos los dos (2) primeros semestres, o 30 créditos académicos, del respectivo programa o carrera.

b)   Cuando el solicitante haya estado por fuera de la Universidad de donde procede por un lapso superior a cuatro (4) semestres académicos.

c)    Cuando el solicitante tenga promedio ponderado general de calificaciones inferiores a 3.5, o su equivalente inferior al 70% en otra escala de calificaciones.

 

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